Se informa a las Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental que cualquier acto o resolución dictada por la Superintendencia del Medio Ambiente, en el marco de algún procedimiento administrativo, constituye información pública, así como también los antecedentes que le sirvieron de sustento. Lo anterior en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.
Por esta razón, cualquier documento presentado en un proceso de fiscalización para ser usado como insumo en la elaboración de un informe técnico de fiscalización ambiental, será publicado en el Sistema Nacional de Información Ambiental cuando corresponda, según señala el artículo 31 de la ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente.
Lo anterior, sin perjuicio de las causales legales de reserva que puedan ser invocadas al momento de presentar la documentación ante esta superintendencia, en virtud de leyes de quórum calificado, según señala el artículo 5 de la citada ley N° 20.285.
16-11-2018